MADRID. Según han informado a Efe fuentes jurídicas, la intención del fiscal de la Audiencia Nacional José Perals es no pedir más diligencias tras la declaración el pasado día 1 del padre de Neymar y del director financiero del Barcelona, Néstor Amela, y con los datos de que dispone dejar la causa preparada para que el juez Pablo Ruz pueda dar por concluida la investigación y, en su caso, abrir juicio oral.
Los delitos que se podrían desprender por el fichaje de Neymar -el club sostiene que costó 57 millones de euros, pero se sospecha que fueron varias decenas más- son fraude fiscal, imputable al Barcelona y a su expresidente Sandro Rosell como representante del club, así como apropiación indebida en su modalidad de gestión desleal o bien delito societario, en este caso solo contra Rosell.
El primero de ellos ya estaría suficientemente acreditado, ya que el Barcelona no pagó nada a Hacienda en su momento y decidió, una vez había estallado el caso, abonar 13,5 millones a la Agencia Tributaria por consejo de su asesor fiscal, aunque las fuentes destacan que, pese a este pago, no ha reconocido el delito.
En este caso, los hechos se tipificarían como constitutivos de hasta dos delitos fiscales por las cuotas impagadas en dos años, por lo que Rosell se podría enfrentar a una pena de dos años de cárcel (un año por cada delito).
La Agencia Tributaria confirmó en un informe que el Barcelona cometió un delito fiscal al defraudar a Hacienda al menos 9,1 millones en el fichaje, cantidad podría aumentar a 11,7 millones si se confirma la posible defraudación de otros 2,6 millones para el ejercicio de 2014.
El segundo delito es solo imputable a Rosell y corresponde al engaño que supuestamente cometió al afirmar a los socios que se le había pagado una cantidad por el fichaje cuando en realidad era otra mayor, y al consignar gastos del traspaso de Neymar por otros conceptos.
La Fiscalía duda si enmarcarlo en el delito societario o en el de apropiación indebida en la modalidad de gestión desleal, que contemplan penas diferentes.
El de apropiación indebida se basaría en las declaraciones de Rosell ante la asamblea de socios del Barcelona, cuando afirmó que el fichaje costó tan solo 57 millones, mientras que el societario sería atendiendo a que el dinero que consignó en las cuentas lo fue con otro concepto.
La doctrina reciente del Tribunal Supremo se inclina por el delito societario cuando los hechos delictivos los cometen los gestores de una empresa, como podría ser aplicable en este caso a Rosell, han indicado las fuentes.
El fiscal no tiene previsto pedir que declare más gente en este caso y está pendiente de un último informe de Hacienda en el que un perito podría acreditar que varias cantidades que se abonaron al Santos por otros conceptos en realidad eran para pagar el fichaje.
Se trata, por ejemplo, del pago de 7,9 millones de euros por un acuerdo para el fichaje de tres jugadores del Santos y 9 millones por dos partidos amistosos con ese equipo en Argentina, uno de los cuales no se disputó.
Los abogados del Barcelona intentaron un primer acercamiento con el fiscal hace meses para lograr un pacto, pero no han vuelto a contactar con la Fiscalía, aunque el club ha consignado 8,8 millones en los presupuestos del próximo año para pagar posibles multas derivadas del procedimiento.