madrid - El nuevo sistema de ayudas al cine, que entrará en vigor el 1 de enero y que contempla la concesión anticipada de dichas subvenciones, incluye una cuantía máxima de 1,4 millones de euros por proyecto y desciende respecto a los 1,5 millones del sistema de ayudas a la amortización.
Según publicó ayer el Boletín Oficial del Estado (BOE), este sistema de ayudas tendrá en cuenta la viabilidad económica del proyecto, así como el número de espectadores y la taquilla conseguida en proyectos previos, y convivirá con sistema anterior hasta 2018. Además, sitúa en un 40% el porcentaje del coste que se puede percibir a través de dichas ayudas. Para acceder a los 1,4 millones de euros, el proyecto deberá obtener una puntuación mínima de 80 puntos en base a los criterios de valoración: el carácter cultural, la solvencia del beneficiario, la viabilidad económica y el impacto socioeconómico y de la inversión en España.
Según la directora del Instituto de Cinematografía y Artes Audiovisuales (ICAA), Lorena González, con este sistema de subvenciones se va a tener en cuenta “la solidez del proyecto, en cuanto a la financiación, la distribución y las ventas internacionales”. Otro de los criterios que se tendrán en cuenta es que el dinero revierta en España, no solo durante el rodaje -que se permite que tenga lugar fuera- sino que se contraten equipos españoles.
Las ayudas reconocidas se harán efectivas mediante sucesivos pagos. La directora del ICAA aseguró que una vez que se adjudica el pago ya se refleja en el presupuesto, a pesar de que se produce a medida que se cumplen los requisitos. Los pagos se efectuarán en tres fases: el 20% se abonará en el momento del reconocimiento; el 50% se abonará tras comunicarse al ICAA el inicio del rodaje; y el 30% tras la resolución del reconocimiento de coste del largometraje.
Otro de los aspectos que se tendrán en cuenta es el número de espectadores en alguna de las películas estrenadas en los últimos cuatro años y el volumen de ventas internacionales de alguna película en el mismo periodo, así como la recaudación mínima anual de la distribuidora con la que se ha firmado el contrato.
ayudas selectivas También se publican en el BOE los requisitos de las ayudas selectivas para la producción de largometrajes sobre proyecto, destinadas a productoras de carácter independiente, tienen por objeto la financiación de proyectos que posean un especial valor cinematográfico, cultural o social, de proyectos de carácter documental y de proyectos que incorporen a nuevos realizadores.
Para optar a estas ayudas, el coste máximo de producción que se reconozca al largometraje por el ICAA ha de ser de 1,8 millones de euros; y se ha de acreditar en el momento de presentar la solicitud de la ayuda que el proyecto tiene garantizada una financiación de, al menos, el 10% del presupuesto previsto para la producción.
La cuantía máxima de cada una de las ayudas que podrá alcanzar un importe máximo de 500.000 euros, siempre que no supere el 40% del coste del proyecto. De dicho crédito anual se destinará entre un mínimo del 15% y un máximo del 25% a proyectos de carácter documental.
Se incluyen las ayudas a la producción de cortometrajes sobre proyecto y realizados, cuya cuantía no podrá superar la inversión del productor, ni el 75% del coste reconocido por el ICAA; las ayudas a la distribución, que podrán subvencionar hasta el 50% del coste del tiraje de copias, subtitulado, doblaje, gastos de publicidad y promoción y de los medios técnicos y recursos invertidos; así como las ayudas para la participación y la organización de festivales y certámenes.
reconocimiento de costes En esta orden de bases se aclaran también los conceptos y los gastos reconocibles como costes subvencionables. Entre otros aspectos, no se considera subcontratación cuando la empresa con la que se contrate no tenga en su objeto social la producción cinematográfica y se admite la subcontratación hasta el 40% (50% en animación) con empresas en cuyo objeto social se incluya la producción de cine.
Se admite también en coproducciones mayoritarias españolas, la contratación de servicios de producción en el extranjero hasta un 20%, y se adaptan los gastos a las necesidades del proceso productivo incluyendo determinados gastos que se producen antes y después del rodaje. - E.P.