SEVILLA. Fuentes del Ministerio Público han informado a Europa Press de que, después de que el exdiestro pidiera al Juzgado de lo Penal número 6 que suspendiera su entrada en la cárcel mientras el Gobierno resuelve su petición de indulto, la Fiscalía presentó el pasado día 3 de enero un informe en el que se opone a tal solicitud alegando la duración de la condena, el perjuicio ocasionado y el hecho de que Ortega Cano haya sido condenado por varios delitos.
Y es que hay que recordar que la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla lo condenó por tres delitos, como son homicidio imprudente, conducción temeraria y contra la seguridad vial en su modalidad de conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas, pues, al contrario que la juez, consideró que "no se quebró" la cadena de custodia de la sangre extraída y analizada posteriormente por el Instituto Nacional de Toxicología, cuyo análisis arrojó un resultado de 1,26 gramos de alcohol por litro en sangre.
En este sentido, la fiscal jefe de Sevilla, María José Segarra, ha explicado que la Fiscalía suele apoyar la suspensión del ingreso en la cárcel cuando se trata de condenas inferiores a un año, todo ello con el objetivo de evitar que la finalidad que se persigue con el indulto solicitado al Gobierno "sea ilusoria".
Al hilo de ello, Segarra ha explicado que la suspensión del ingreso en prisión para cumplir la condena es una medida que se adopta con carácter "excepcional" para no frustrar la posibilidad de que el Gobierno, posteriormente, pueda conceder el indulto, en este caso a Ortega Cano, de lo cual se puede desprender que la Fiscalía, con la posición adoptada ahora, ve poco viable que el Gobierno pueda conceder el indulto al extorero.
Segarra, que ha explicado que los indultos suelen tardar en tramitarse entre seis y siete meses, ha destacado que la Fiscalía "no apoya ni el uno por ciento de los indultos" que se solicitan.
Por último, y en relación a la enfermedad cardiaca del extorero y su posible influencia en la concesión o no del indulto, ha recordado que las distintas prisiones españolas cuentan con los mecanismos adecuados para tratar las distintas dolencias de los presos, y que sólo en casos muy específicos se concede el indulto por razones de enfermedad.
A partir de ahora, y una vez se pronuncie también la acusación particular que ejerce la familia de la víctima, la juez de lo Penal número 6 deberá decidir si suspende o no el ingreso en prisión de Ortega Cano, una decisión que, no obstante, es recurrible ante la Audiencia Provincial de Sevilla.