- El Gobierno de Canarias publicó ayer el decreto ley que unifica la normativa alrededor de la covid-19 y que abre la puerta a no dejar trabajar a aquellas personas que se nieguen a recibir la vacuna o a presentar una prueba diagnóstica negativa. Será el Gobierno de Canarias, “en su condición de autoridad sanitaria” la que determinará, lo que aún no se ha hecho: qué sectores se verán afectados por este extremo. Tampoco define el documento en qué situación laboral quedaría el trabajador en cada uno de esos supuestos casos.

“La denegación del consentimiento para la realización de las pruebas diagnósticas se recogerá por escrito y conllevará la imposibilidad de desempeñar el trabajo o la actividad a la que se condicionó la realización de la prueba diagnóstica. [...] Este mismo precepto se aplicará a los efectos de la exigencia de vacunación”, explica el documento.

El decreto ley, que irá ahora al Parlamento de Canarias para su tramitación como proyecto de ley, regula también el uso de la mascarilla, los aforos, la distancia, las medidas de higiene o los aislamientos y cuarentenas. También los eventos multitudinarios, los cribados, los rastreos, el tratamiento de datos personales, la inspección, control y régimen sancionador, el sistema de alertas por fases y las restricciones de cada una de ellas, entre otros aspectos.

Cabe destacar que el ocio nocturno podrá abrir tanto en fase 1, como en la 2, 3 y 4 (la más severa) pero siempre limitada a su actividad hostelera y sin que esté permitido el baile.