Con el fin de causar las menores molestias posibles a los ciervos, el Departamento de Medio Ambiente de la Diputación Foral de Álava ha dictado la restricción del tránsito rodado por las pistas y caminos existentes en el sector de berrea de la vertiente alavesa del Gorbeia, en el período comprendido entre el 6 de septiembre y el 3 de octubre de 2021.

Según señala la Orden, en los últimos años se ha regulado el paso de vehículos en las vías de acceso al Parque Natural Gorbeia durante el periodo de berrea de los ciervos, habiendo conseguido unos resultados óptimos en el marco del plan de gestión de esta especie que se viene realizando por la Diputación Foral de Álava, y que ha permitido una mejora en la especie y una reducción de los daños de la zona, por lo que se considera necesario regularlo asimismo en la presente temporada.

De acuerdo con la normativa de gestión del II Plan de Uso y Gestión (PRUG) de este espacio natural, las fechas del período de berrea se extienden desde el inicio del mes de septiembre hasta la primera semana de octubre. Por ello, con el doble objetivo de evitar la dispersión geográfica de los ciervos y favorecer la selección natural durante la época de reproducción o 'berrea', resulta necesario durante este período crítico para la especie minimizar las perturbaciones externas en la vertiente alavesa del Espacio natural protegido.

Una de estas perturbaciones se puede evitar con la regulación de las autorizaciones para circular con vehículos a motor por los caminos y pistas de tránsito restringido del Parque Natural de Gorbeia y por ello se restringe el tránsito rodado por las pistas y caminos existentes en el sector de berrea de la vertiente alavesa del Gorbeia, en terrenos de los municipios de Zuia y Zigoitia entre el 6 de septiembre y el 3 de octubre de 2021, ambos inclusive, salvo casos específicamente autorizados relacionados con aprovechamientos cinegéticos, de madera, leña, pastos, roturaciones, investigaciones científicas autorizadas y otras autorizaciones.

Las pistas y caminos sometidos a la limitación de tránsito citada estarán señalizados convenientemente durante el periodo de restricción. Cualquier recorrido a pie, en bicicleta o a caballo, que se lleve a cabo dentro del sector delimitado de la berrea deberá realizarse por la Red General de Sendas sin poder abandonarlas en ningún caso. Además, los recorridos ecuestres y en bicicleta de montaña ya sea de manera individual o colectiva y organizada, deberán de contar con la autorización del Órgano Gestor del Parque.

Puntos de observatorio

Para facilitar la presencia de personas se habilitarán dos puntos como observatorio para la escucha, observación, fotografía y filmación con una serie de normas que se deben cumplir: permanecer en silencio, mantenerse a cubierto e inmóvil, hacer fotos sin flash, no acercarse a los ciervos y no usar, en ningún caso, linternas, focos o similares.

Junto a estas limitaciones, en este periodo se prohíbe el aprovechamiento micológico y de frutos silvestres en el sector de berrea y se evitará la realización de actuaciones forestales de carácter no urgente (desbroces, claras, clareos, etc.).

Las actividades directamente relacionadas con la especie ciervo durante el periodo de la berrea, como escucha, observación, fotografía, filmación, etc., que se realicen fuera de estos puntos de observación deberán contar con la autorización expresa del Servicio de Patrimonio Natural, el cual determinará los requisitos en cuanto a lugares, horarios y normas de comportamiento.

Prohibición de vehículos a motor

Con todo, se recuerda que, al margen de esta restricción temporal, está prohibida la circulación de vehículos a motor el resto del año en las pistas y caminos del Parque Natural de Gorbeia, salvo autorización expresa.

La Orden establece el perímetro delimitado para la protección de la 'berrea': por el norte desde la línea divisoria entre los territorios de Araba y Bizkaia, desde el término de 'Peñas de Arralde' (Zuia) y el de 'Leizaranda' (Zigoitia); al este por pista de acceso a las canteras del Gorbeia y su continuación, desde el pueblo de Murua hasta el término de 'Leizaranda'.

Al sur por el borde inferior de las masas forestales del Gorbeia situadas por encima de la carretera A-3610 y autovía de Vitoria-Altube N-622, en terrenos de los pueblos de Murua, Manurga, Zárate, Aretxaga, Markina y Sarria; y al oeste por pista que discurre paralela al río Bayas, desde el pueblo de Sarria hasta el término de 'Peñas de Arralde'.