- El Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava (BOTHA) publicó ayer el decreto por el que la Diputación implantará este año el teletrabajo como modalidad voluntaria y reversible para su personal funcionario e interino con el objetivo de ampliar las opciones de conciliación de la vida familiar y laboral, y facilitar la integración de personas con movilidad reducida y determinadas enfermedades. El decreto, aprobado el 4 de agosto, regula el teletrabajo entre los cerca de 1.000 trabajadores y trabajadoras que integran la plantilla de la Diputación. Entrará en vigor hoy.

También se busca "mejorar los resultados del trabajo potenciando el trabajo en términos de obtención de objetivos y no de tiempo de presencia en el centro de trabajo, contribuir al ahorro energético, aumentar el compromiso y el nivel de motivación personal, mejorar los servicios que recibe la ciudadanía, así como disminuir el absentismo laboral. Asimismo, el decreto se apoya en los resultados "positivos" de la experiencia llevada a cabo mediante el plan piloto de teletrabajo, e informa de que se ha decidido implantar de manera definitiva la modalidad de trabajo no presencial en la Diputación.

También destaca la experiencia llevada a cabo durante el estado de alarma declarado el 14 de marzo como consecuencia de la pandemia sanitaria y subraya que la modalidad de teletrabajo se ha extendido cualitativa y cuantitativamente a todo el ámbito de la administración con un resultado "positivo".

El decreto foral regula el teletrabajo como una modalidad voluntaria y reversible a la que podrá acceder el personal funcionario de carrera e interino con una antigüedad mínima de un año en el puesto, conexión a internet en su domicilio y suficientes conocimientos informáticos, siempre que sus funciones puedan ser desempeñadas de forma no presencial. Por ello, quedan excluidos los puestos incompatibles con el teletrabajo, como atención a la ciudadanía, oficinas de registro, obra, secretaría y los que gestionen datos sensibles.

La norma reconoce el derecho a la desconexión digital, el respeto a su tiempo de descanso y a su intimidad de forma que quienes teletrabajen "tienen derecho a no contestar mensajes o llamadas telefónicas fuera del horario de permanencia obligatoria más tarde de una hora límite que comuniquen a los responsables de unidad, salvo causas de fuerza mayor o circunstancias excepcionales.

La jornada de trabajo semanal se distribuirá de manera que tres días como máximo se presten de forma no presencial mediante la fórmula de teletrabajo y dos días en jornada presencial, de acuerdo con la jornada y horarios habituales. Además, la persona teletrabajadora participará, en cualquier caso, regularmente en las reuniones informativas y de trabajo exigidas que pudiera darse por el cumplimiento de su tarea. Uno de los días de jornada presencial, determinado por la persona responsable del servicio, se dedicará a reuniones de coordinación. Asimismo, se podrá acordar la realización de reuniones a distancia, videollamadas o videoconferencias. El procedimiento de incorporación al teletrabajo será a través de convocatorias públicas periódicas y la primera tendrá lugar, previsiblemente, en otoño.

El decreto foral establece una serie de criterios a la hora de ordenar y priorizar las solicitudes de teletrabajo. A las personas seleccionadas se les proporcionarán los equipos informáticos necesarios para su trabajo y se les formará en prevención de riesgos laborales, ciberseguridad, protección de datos y aplicaciones informáticas.