Vitoria, 21 may (EFE).- El Juzgado de lo Social 2 de Vitoria ha reconocido el derecho de la familia de un albañil fallecido por exposición al amianto a recibir las prestaciones de muerte y supervivencia correspondientes a pesar de que el Instituto Nacional de la Seguridad Social lo rechazó.

Según ha informado este jueves la Asociación de Víctimas del Amianto de Euskadi (Asviamie), esta sentencia "desbarata una vez más la práctica ilegal del INSS de Álava de tratar de ocultar los cánceres profesionales y eximir el prolongado incumplimiento de las empresas de la normativa preventiva frente a las sustancias cancerígenas".

En esa ocasión se trata de un albañil que trabajó en Forjas Alavesas manteniendo y reparando los hornos de fundición donde había amianto. En octubre de 2017 le fue diagnosticado un mesotelioma pleural y falleció en marzo de 2018.

En una nota de prensa Asviamie indica que existen informes de Osalan y de la Inspección de Trabajo que acreditan que Forjas Alavesa usaba amianto en diferentes zonas de los hornos y sin embargo el INSS rechazó pagar las prestaciones de muerte y supervivencia correspondiente a su familia por enfermedad profesional.

Sin embargo ahora el juzgado ha indicado que este albañil falleció por exposición al amianto, descarta influencia alguna del hábito de fumar del fallecido y concluye que el INSS debe pagar las prestaciones correspondientes por enfermedad profesional, según Asviamie.

El operario trabajó como albañil y más tarde como encargado en las empresas Ezcurra y Ozores (1971-1977), Fibesa (1977-1992), y Fundaciones y Mantenimiento (1992-2007), que actuaban como subcontratas de Forjas Alavesas-Acenor-Sidenor. La actividad que desarrolló este trabajador consistía en labores de albañilería de mantenimiento y reparación de los hornos de fundición, de recocido, bóvedas de hornos o desmantelamiento de tejados de uralita de las naves.

En estas actividades, según ha explicado ASVIAMI, se empleaban importantes cantidades de amianto, que desprendían gran cantidad de fibras cancerígenas, al no utilizarse "ningún sistema de extracción localizada o ventilación". En Octubre de 2017, Osakidetza diagnosticó al trabajador un mesotelioma pleural, que fue confirmado por el Servicio de Anatomía Patológica del Hospital de Valdecilla. Este trabajador falleció pocos meses más tarde, el 19 de marzo 2018, por dicha patología.

La sentencia dictada ahora determina --según ha explicado ASIAMI--que el mesotelioma causante de la muerte de este operario "deriva de la aspiración de fibras de amianto", y descarta "influencia alguna", con el habito de fumar del fallecido, en dicha enfermedad. Además, considera probado que en el puesto de trabajo de este empleado se manipulaba amianto. La sentencia establece que se concedan a la viuda las prestaciones derivadas de la enfermedad profesional de su marido y abre la posibilidad a presentar una demanda por daños y perjuicios, según ha indicado la Asociación de Víctimas del Amianto de Euskadi.