kuartango - Vecinos de Kuartango y Ribera Alta se han movilizado a través de una recogida de firmas para pedir a Osakidetza que prorrogue la jubilación del médico titular de ese centro de salud para que no se reincorpore a su puesto de trabajo y deje, aunque sea como interino, al doctor que le suple desde hace dos años.

Según informan los promotores de la iniciativa y corrobora el alcalde de Kuartango, Eduardo Fernández de Pinedo, los usuarios están dejando su firma en un documento que se ha repartido por bares y establecimientos, y que se recogerá mañana para que sean los alcaldes de ambas localidades quienes lo presenten a Osakidetza. En ese documento se explica que “ser médico requiere vocación, pero ser médico rural, además de vocación, requiere empatía”. Y que el médico suplente “ha logrado la sonrisa del mundo rural. Sus consultas son motivo de comentario y respeto”. Por ello, explican, “no es de recibo, ni de una buena gestión sanitaria de la que tanto presumimos, tirar por la borda todo el trabajo que ha realizado y despreciar el cariño de la gente, tan difícil de ganárselo en los pueblos, porque, al fin y al cabo, es la mitad del diagnóstico”.

Los vecinos recuerdan que en la zona hubo un médico que ejerció durante cerca de 30 años en Ribera Alta y durante dos de ellos en Kuartango, que logró granjearse el afecto de los pacientes. Posteriormente fue trasladado a otra localidad y su puesto lo ocupó el médico de familia que ahora está cuestionado y que, al cumplir los 67 años, fue propuesto para la jubilación. Sin embargo, la recurrió, porque así lo permite la legislación, y los tribunales le dieron la opción de continuar trabajando hasta los 70, por lo que el 1 de febrero se podría incorporar.

Ante esa posibilidad, los usuarios temen que, si se incorpora quien debería haberse jubilado, el suplente, interino, será enviado a otra localidad. De ahí la recogida de firmas para que los ayuntamientos trasladen a Osakidetza “nuestro malestar y desacuerdo con el cese del médico actual, y por reincorporar y prorrogar la jubilación del titular”. - P.J.P.