vitoria - La fiscal de menores de Álava, Carmen Cotelo, cree que es “adecuado” que la ley establezca en 14 años la edad para exigir responsabilidades penales y destaca que el caso del crimen de Ibon Urrengoetxea, en el que está implicado un menor de 13 años, además de otro de 16, es una excepción. En declaraciones a Radio Euskadi, Cotelo señaló ayer que no pasa nada penalmente para el menor de 13 años identificado en relación al robo y muerte de Ibon Urrengoetxea, que falleció en la madrugada del pasado 23 de diciembre, tras ser atacado en el centro de Bilbao. “La Ley de Menor del año 2000 es muy clara y establece que la edad penal surge a partir de los 14 años, no antes. Antes es inimputable, es decir, puede hacer cualquier tipo de fechoría, de delito, pero penalmente no se le va a poder exigir nunca nada”, apunta. Aunque en España la edad penal comienza a los 14 años y en otros países se utilizan otros sistemas, la fiscal de menores de Álava cree que esto “da más seguridad jurídica que si se determina la responsabilidad penal en función de determinadas pruebas periciales que establecen si una persona es conocedora o no del injusto que está cometiendo”. En todo caso, “impunidad tampoco existe con los menores de 14 años porque, evidentemente, la impunidad penal no podrá ejercitarse, pero sí, por parte de las víctimas y sus familiares, una responsabilidad civil a las personas encargadas de velar por ese menor”.
Por ello, asegura que existe “una posibilidad de resarcimiento económico. “Y, a la vez, también la propia Ley del Menor establece que, en estos casos, los menores de 14 años van a estar sujetos a la actuación de los servicios sociales. “Un menor de 14 años que comete un hecho tan luctuoso o grave como pudiera ser esta muerte es porque algo falla en él y, entonces, se da entrada a los servicios de protección de menores que examinarán qué déficit y qué carencias tiene ese menor, y actuarán en consecuencia”, afirma.
Cotelo manifestó que un hecho de éstos suele ser una excepción, no es una norma general. En todo caso, “quien tiene que decidir sobre una modificación, no somos quienes aplicamos la ley, sino quien hace la ley. Corresponde al poder legislativo determinar si introduce o no en sus campañas una reducción de la edad penal”.
Hasta entonces -recuerda- la ley actual establece que hasta los 14 años se es inimputable. A partir de ahí, hay que dar la mano a los poderes que tienen capacidad para variar la ley. En el caso de Álava, por ejemplo, la comisión de delitos graves por parte de menores de 14 años es “inexistente”. A su juicio, ésta es una edad adecuada para establecer la edad penal. “No la considero ni demasiado pronta ni tampoco demasiada lejana en el tiempo. Para mí, tal como está ahora la Ley del Menor, es correcta porque una excepción no puede valorarse ya como una norma general”. - E.P.