Vitoria - El Ayuntamiento de Vitoria ha recibido, una vez más, malas noticias procedentes de los tribunales en referencia al cobro del impuesto de Plusvalía. En esta ocasión, según ha podido saber DIARIO DE NOTICIAS DE ÁLAVA,. el magistrado del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de la capital alavesa condena al Consistorio a devolver a una serie de recurrentes las cantidades cobradas por este tributo y a girarlas de nuevo, pero esta vez aplicando los valores catastrales revisados el año pasado por la Diputación Foral de Álava, mucho más bajos que los anteriores. En su justificación, el magistrado explica que, aunque la perjudicada en última instancia es la administración municipal, en realidad la responsable de este entuerto, que redundará en una merma de los ingresos municipales, es la Diputación, por no haber realizado hasta 2016 la actualización de los valores que tenía que haber llevado a cabo en 2012, un año después de la llegada del PP a la institución foral.

El juez, en los fundamentos de derecho de su sentencia, detalla que la ponencia de valores señala que la norma foral que regula el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y fija los valores catastrales, determina la necesidad de modificar o actualizar los mismos dentro de un plazo. En este caso, la Diputación alavesa debía haber realizado esta puesta al día en 2012, pero no lo hizo hasta 2016, año en el que los citados valores sufrieron una notable reducción.

El fallo judicial subraya que la revisión cada ocho años “resulta imperativa”, con lo cual, debido al negligente proceder de la administración foral, el juez se plantea dos escenarios. Por una parte, contempla declarar la nulidad de las liquidaciones “por la falta de una ponencia en vigor, o la posible aplicación retroactiva de la ponencia más actualizada en relación con el momento del devengo que, además, resulta más favorable para el administrado”. Puesto que la modificación se llevó finalmente a cabo, aunque fuera de plazo, el titular del juzgado se decanta por “la aplicación retroactiva de una nueva ponencia de valores catastrales a la vista del incumplimiento de la obligación de revisión a los ocho años”.

Esta decisión implica que el Ayuntamiento deberá, en primer lugar, devolver todas las cantidades cobradas a los recurrentes por el impuesto de plusvalías. A continuación, deberá modificar sus cálculos, aplicar la revisión foral de 2016, y girar liquidaciones nuevas. Unas liquidaciones que, como consecuencia de la fuerte bajada de los valores catastrales, serán mucho menores para los contribuyentes.

La resolución, que va acompañada de otras sentencias referidas igualmente a recursos por el cobro de este tributo, cierra el capítulo de plusvalías en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Vitoria, pero aún existen causas abiertas por estos mismos motivos en los números 1 y 2. Teniendo en cuenta el precedente que sientan estas decisiones, es probable que los jueces de ambas salas ahonden en la misma argumentación legal y que todos los procesos se resuelvan de la misma manera: en contra de los intereses municipales y a favor de los administrados.

nueva grieta legal Pese a todo, ésta no es la única preocupación que habrá de tener en mente el gabinete jurídico municipal con respecto a las plusvalías a lo largo de los próximos meses. La apresurada puesta al día de la norma foral que regulaba los valores catastrales y que fue desactivada por el Tribunal Constitucional, podría contener una nueva fisura legal que pondría en peligro su aplicación a medio plazo. De hecho, algunos abogados de la capital alavesa ya han solicitado la impugnado de nuevos cobros en base a este apartado.

En concreto, el texto revisado y aprobado por la Diputación indica que “sobre los valores a que se refiere este apartado no se realizará ninguna adición de gastos, mejoras u otros conceptos, ni se efectuará ninguna actualización por el transcurso del tiempo”. Ello quiere decir que si un ciudadano adquirió un piso en 1970 y lo quiere vender ahora, deberá traducir el precio de compra de pesetas a euros y restarlo, simple y llanamente, al de venta. Si se ha perdido dinero, situación harto improbable, el cálculo de la Plusvalía le será favorable.

Lo malo, tanto para los intereses forales como municipales -el Ayuntamiento es la institución que finalmente cobra este impuesto-, es que poco después de que se publicara la reformada norma foral el Gobierno central dio luz verde el pasado julio a un informe de la comisión de expertos para la revisión del modelo de financiación local. En dicho informe se recuerda que para realizar el cálculo y establecer cuándo se ha de pagar el impuesto de plusvalías, se debe atender a la diferencia entre el valor de la transmisión y el de la adquisición. En este sentido, destaca que “en todo caso, deberían corregirse los efectos de la inflación acumulada desde la fecha de adquisición del inmueble o de la realización de las mejoras o inversiones”. Una puntualización que entra en conflicto directo con el contenido del texto foral. Además, especifica que el de compra debe incluir el importe real de adquisición más el coste de las inversiones y mejoras efectuadas, así como los gastos y tributos inherentes a aquella, con lo cual se aleja aún más del espíritu de la norma foral. La decisión sobre el futuro del texto legal queda, una vez más, en manos de los tribunales.

Sentencia. El magistrado del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 condena al Ayuntamiento a devolver las plusvalías pagadas por un grupo de recurrentes.

Revisión. La sentencia obliga, además, a revisar de nuevo las liquidaciones, aplicar la última revisión catastral y a volverlas a girar a los contribuyentes.

Responsabilidad. Esta decisión, que hará que los recurrentes paguen menos, obedece a que la revisión catastral foral no se hizo dentro del plazo legal.