Vitoria - La Diputación Foral de Álava y las Juntas Generales han presentado recurso de apelación contra el archivo de la querella puesta en marcha por ambas instituciones por los crímenes del 3 de marzo y que el Juzgado de Instrucción número 3 de Vitoria optó por sobreseer “por prescripción de los delitos perseguidos”.

Según anunció ayer el diputado general, Ramiro González, ambas instituciones procedieron el pasado día 3 a interponer dicho recurso, en los mismos términos en los que el Ayuntamiento de Vitoria deberá presentarlo en el futuro después de que el pasado lunes se conociera que los juzgados también han sobreseído la querella presentada por el Consistorio.

Sobre la decisión del juzgado de Vitoria, Ramiro González indicó que “son decisiones judiciales con las que no estamos conformes, porque parten de la aplicación del código penal del franquismo”. “Tanto el Ayuntamiento como las Juntas y la Diputación entendemos que se trata de crímenes de lesa humanidad y por tanto no prescriben nunca, pero parece que hay una diferencia interpretativa”, destacó, entra la postura de las instituciones locales y los juzgados. “Resulta absolutamente incongruente negar la investigación amparándose en la legislación de una dictadura. No tiene ningún sentido”, incidió el diputado general.

Auto judicial Según dictaba el escrito del juzgado, los delitos denunciados “no pueden ser tipificados” como de lesa humanidad porque fueron cometidos con anterioridad a la entrada en vigor de esta norma, que fue introducida en el derecho penal por la Ley Orgánica 15/2003, uno de los argumentos fundamentales a los que también se agarró la Fiscalía en su informe previo para solicitar el archivo de la causa.

Descartada la tipificación de lesa humanidad o la de genocidio, y de acuerdo con el Código Penal vigente en marzo de 1976, el juez consideró que los delitos “podrían ser reconducidos a asesinato”, castigados entonces con las penas de reclusión mayor o incluso de muerte, y también a lesiones, pero continuó aduciendo que los hechos “prescribían a los 20 años” de ser cometidos, según el artículo 113 de la misma norma. - D. Ortega