murgia - El Departamento de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputación alavesa ha anunciado la restricción del paso de vehículos en la vertiente alavesa del macizo del Gorbea durante el periodo de la berrea, que se ha fijado entre el 2 de septiembre y el 9 de octubre.

En ese sentido, el ejecutivo provincial recuerda que en los últimos años se ha regulado el paso de vehículos en las vías de acceso al monte durante el periodo de celo de los ciervos. Tal circunstancia ha servido para obtener unos resultados óptimos dentro de lo que contempla el Plan de Gestión de la citada especie. Dicho programa, que la Diputación Foral de Álava realiza cada año, persigue, entre otros objetivos, la mejora de las poblaciones de ciervo y una reducción de los daños ocasionados por esta especie en la zona, ocupada, fundamentalmente, por el Parque Natural del Gorbea. Así pues, según fuentes forales, en el marco de planificación y los trabajos abordados se antoja necesario regular, al igual que se ha hecho en pasados años, el tránsito rodado por las pistas y caminos existentes en el sector de berrea de la vertiente alavesa del Gorbea.

Por ello se prohíbe el tránsito por las citadas infraestructuras en terrenos de los municipios de Zuia y Zigoitia. La delimitación afecta por el norte a la divisoria entre los territorios de Álava y Bizkaia, desde el término de Peñas de Arralde y el de Leizaranda. El límite en el que imperarán las restricciones quedará marcado por el este por la pista de acceso a las canteras del Gorbea y su continuación, desde el pueblo de Murua hasta el término de Leizaranda. Por el sur, el territorio afectado estará delimitado por el borde inferior de las masas forestales situadas por encima de la carretera A-3610 y la autovía de Vitoria a Altube (N-622) en terrenos de los pueblos de Murua, Manurga, Zarate, Aretxaga, Markina y Sarria. Y por el oeste la pista afectada discurre paralela al río Baias, desde el pueblo de Sarria hasta el término de Peñas de Arralde.

Dicho lo cual, la orden foral prohibirá la circulación y determinadas actividades salvo casos específicamente autorizados relacionados con aprovechamientos cinegéticos, de madera, leña, pastos, roturaciones, malezas o investigaciones científicas autorizadas.

Autorizaciones Las zonas restringidas estarán señalizadas y las limitaciones serán comunicadas por el órgano gestor del Parque Natural a los ayuntamientos, juntas administrativas y cotos de caza afectados. Durante el plazo de tiempo mencionado, los recorridos ecuestres y en bicicleta de montaña que se lleven a cabo de forma colectiva o individual deberán contar con la autorización del órgano gestor del Parque Natural. Asimismo, los paseos a pie en el sector de berrea que se lleven a cabo de forma colectiva o individual deberán realizarse por la red general de sendas sin poder abandonarlas en ningún caso.

En el mismo sentido, las actividades directamente relacionadas con la especie durante el periodo de la berrea -escucha, observación, fotografía o filmación, entre otras- deberán contar con la autorización expresa de los gestores del área natural. Éstos determinarán los requisitos en cuanto a lugares, horarios y normas de comportamiento. También se prohibirá la recolección de setas en el sector de berrea durante el periodo de vigencia de la restricción.

Al margen de todo esto, se recuerda que, por norma general, está prohibida la circulación de vehículos a motor el resto del año en las pistas y caminos del Parque Natural del área de Gorbea.