barrundia - El pasado día 25 de febrero finalizó el plazo para realizar alegaciones a la designación como Zona de Especial Conservación (ZEC) de los montes de Aldaia por parte del departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco. Una designación que responde a la exigencia de adecuación a las figuras de conservación del Medio Ambiente promovidas por la legislación de la Unión Europea. Cada ZEC debe contar con un documento de medidas de conservación propio que, en el caso de los montes de Aldaia, fue presentado a las administraciones y ciudadanía el 23 de enero, como publicó este periódico.

Los montes de Aldaia se encuentran en el municipio de Barrundia, entre las cuencas de los ríos Zadorra y Barrundia, y su máxima cota es el monte Aldaia. En esta pequeña sierra se encuentran las ruinas del histórico castillo de Gebara y el entorno se caracteriza sobre todo por sus bosques de quejigos y encinas carrascas. La ZEC propuesta tiene una superficie de 1.095 hectáreas, de las que la mayor parte son terrenos comunales de las Juntas Administrativas de Gebara, Etura, Audikana, Heredia, Hermua, Larrea y Ozaeta, así como del Ayuntamiento de Barrundia.

Han sido estas administraciones locales las que han centrado la presentación de las alegaciones, elaborando un documento cuya primera propuesta se concreta en la solicitud de sacar de la superficie de la ZEC las zonas de cultivo o, en caso contrario, que se recoja que en estas tierras de cultivo se va a mantener en un futuro de forma indefinida los actuales usos sin otras limitaciones que las que puedan imponerse a los mismos fuera de la zona de especial protección.

Además, si bien la propiedad de los montes de Aldaia corresponde, en términos generales, a las entidades antes citadas, existen terrenos que pertenecen a comunidades formadas por distintos pueblos, como Gebara y Etura, o la que forman Hermua y Larrea. En este sentido, se pide que el documento recoja fielmente la realidad social que conforman los montes de Aldaia y se incluyan en el apartado de régimen de propiedad estas comunidades.

En cuanto al régimen preventivo para el uso del agua, piden que no se restrinja ni cierren totalmente futuras actuaciones que puedan ser necesarias en el uso del agua. Por lo que respecta al régimen urbanístico, no comparten la afirmación de que se garantizará “la conservación de los hábitats naturales y de las especies de flora y fauna silvestres presentes, incorporando para ello los criterios, objetivos y medidas de conservación que se fijan en el presente documento”, pues las administraciones de Barundia creen conveniente que el documento recogiera en este punto que, en todo caso, se garantizará el mantenimiento de los usos urbanísticos y de construcción existentes, así como la posible ampliación de los mismos.

Además, las alegaciones se acumulan en lo referente a la regulación del bosque, que ocupa un 60% de la superficie de los montes, ya que se marcan una serie de nuevos requisitos que deben cumplir estos espacios y que, a juicio de los alegantes, pueden convertirse en un perjuicio para la población. - F.S.A.