Un juzgado de Vitoria ha anulado una multa de 602 euros por desobediencia a agentes de la Ertzaintza porque estos actuaron con "excesivo celo" y porque la participante en la protesta que fue sancionada ejerció su derecho a la libertad de expresión de forma "lícita, legítima y eficaz".

Los hechos se remontan a marzo de 2019 cuando se organizó una protesta ante el Palacio Euskaduna de Bilbao con motivo de la Junta de Accionistas del BBVA, con la que se pretendía denunciar la financiación de la industria armamentística por parte de la entidad bancaria.

Según recoge la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Vitoria, seis personas se arrojaron pintura roja por encima y se tumbaron en el suelo fingiendo morir en una "performance". En ese momento los agentes les pidieron que se levantaran y cambiaran de lugar para no impedir el paso de peatones.

"Esa orden expresa no fue atendida" aunque "no hubo violencia" sino que los antimiltaristas "simplemente" hicieron caso omiso. Pasados cinco minutos los policías los levantaron y los "arrastraron fuera del paso de peatones" a un lugar próximo.

En el fallo la jueza constata que al tratarse de una protesta con menos de 20 participantes no era necesario pedir autorización, señala que el lugar elegido no impedía la circulación de personas o coches ni el acceso al Euskalduna y considera que el orden público "no quedó afectado", por lo que los ertzainas "actuaron con excesivo celo".

"La recurrente y las cinco personas restantes no hacían consciente desprecio al principio de autoridad sino un uso instrumental de la Ertzaintza para llamar la atención de la opinión pública. Necesitaban la intervención de los agentes para ganar repercusión", argumenta la magistrada.

"Como ejercicio del derecho a la libertad de expresión, la protesta fue lícita, legítima y eficaz, gracias en parte a la intervención policial. Pero tiene que afirmarse que la policía extremó en exceso su celo y que el acto no afectó al orden público", concluye el fallo.

Por ello la jueza anula la multa de 602 euros que la Ertzaintza impuso a la mujer por una supuesta falta grave de desobediencia recogida en la Ley de Seguridad Ciudadana, conocida como la ley mordaza, y condena al Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco a pagar las costas. La sentencia es firme y no puede recurrirse.

Tras tener conocimiento del fallo, Alternativa Antimilitarista MOC, una de las organizaciones participantes en la protesta, ha valorado la sentencia que "supone un reconocimiento de la legitimidad de la desobediencia civil como herramienta de participación política y una reivindicación de la libertad de expresión frente al recorte de derechos que supone la ley mordaza".