- El Tribunal Supremo (TS) rechazó autorizar el toque de queda que las autoridades canarias querían implantar en la isla de Tenerife y avaló la decisión que tomó el Tribunal Superior de Justicia canario, que no vio “proporcional” la restricción de la libertad de circulación. En una sentencia hecha pública ayer, la sala de lo contencioso-administrativo del Alto Tribunal desestima el recurso interpuesto por el Gobierno de Canarias contra el auto que dictó el TSJ canario, al considerar que éste estimó “de forma razonada” que carecía de justificación la limitación de la libertad de circulación a la vista de las circunstancias concurrentes en Tenerife.

El Supremo señala que en una reciente sentencia avaló el confinamiento del municipio de Peal de Becerro (Jaén), pero destaca que en ese caso la tasa de incidencia era más de diez veces superior a la plantada por las autoridades canarias. En opinión del Tribunal, el toque de queda es además una restricción que “exige una mayor justificación sobre que las medidas son indispensables para salvaguardar la salud pública”. Los magistrados coinciden con el TSJ canario en la “poca claridad” del planteamiento del Gobierno isleño, que pedía autorizar un toque de queda para toda la isla de Tenerife pese a que las cifras aportadas de los diferentes municipios no eran homogéneas.

Y añaden que la propuesta subsidiaria de aplicar la medida en los municipios con una incidencia acumulada a siete días superior a 100 casos “se encuentra huérfana de información suficiente y clara”. “No se trata de que la Administración ponga de manifiesto al Tribunal la existencia de más cifras, sino que contraponga la eficacia de unas medidas menos invasivas frente a otras más invasivas de los derechos fundamentales que desarrollen una eficacia similar”, señalan.

En el caso de Peal de Becerro, recuerdan los magistrados, se apuntaba a la alta presencia de asintomáticos y al porcentaje de vacunación entre otras razones que hacían ineficaces medidas distintas al cierre perimetral. El Supremo rechaza además que exista contradicción entre el pronunciamiento del tribunal canario y el de los TSJ de la Comunidad Valenciana, Catalunya o Cantabria que sí han autorizado toques de queda, ya que, advierte, “el Gobierno canario no ha acreditado” que las circunstancias epidemiológicas de Tenerife sean las mismas que las de los otros territorios. Precisamente, los respectivos gobiernos han pedido prorrogar las restricciones aplicadas en sus territorios, entre ellas el toque de queda.

Según apunta el Alto Tribunal, esas otras administraciones autonómicas “fundamentaron su pretensión de ratificación de las medidas con apoyo en los datos de la alta incidencia del número de contagiados y de su presión en el sistema sanitario, lo que la Sala de Canarias echa de menos en este caso”. La Fiscalía apoyaba el recurso del Gobierno canario y sostuvo que el toque de queda no era indispensable en toda la isla, sino en los municipios tinerfeños con una tasa incidencia acumulada a siete días igual o superior a 154 casos por cada 100.000 habitantes, según se recoge en la sentencia hecha pública en la jornada de ayer.

Ralentización. En España, la quinta ola empieza a mostrar signos de ralentización en los jóvenes de entre 12 a 29 años, y la incidencia acumulada a 14 días sube ligeramente hasta los 701,92 casos por cada 100.000 habitantes, según el Ministerio de Sanidad, que notificó 55 muertes este lunes asociadas al coronavirus . Aunque la incidencia acumulada ha crecido, la relativa a 7 días ha bajado casi 7 puntos, y los contagios en el colectivo de jóvenes entre 20 y 29 años han descendido 16,4 puntos hasta los 1.859,1 casos. Para el grupo de 12 a 19 años se reporta una incidencia de 1.637,2 casos (2 puntos menos que el día anterior). Y el de 30 a 39 años se sitúa en los 900,55 casos, 7,8 puntos menos que el lunes.