El Gobierno Vasco prohíbe desde este miércoles y hasta que termine el estado de alarma por la pandemia de COVID-19 la celebración de mercados y ferias tradicionales de venta directa de alimentos y productos agrícolas y ganaderos.

El Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) publica hoy una orden de la consejera de Salud, Nekane Murga, que determina esta suspensión temporal y regula las condiciones en las que volverán a celebrarse estos mercados una vez que se dé por finalizado el estado de alarma y hasta que Salud considere que la situación se ha normalizado.

En ese lapso de tiempo los puestos de venta deberán guardar entre ellos una distancia mínima de 6 metros, que podrán reducirse a 4 en la zona lateral. Dentro de un mismo puesto los vendedores deberán mantenerse al menos a 2 metros de distancia y si esto no es posible, solo podrá haber persona.

Los puestos deberán poner a disposición de la clientela guantes desechables y dispensadores de gel desinfectante, que serán tanto para vendedores como para clientes. Estos últimos deberán guardar una distancia mínima de 2 metros con el resto de compradores.

Las policías locales se encargarán de que se respeten estas indicaciones y de regular el acceso al mercado si fuese necesario para evitar aglomeraciones.

La orden de la consejera también regula la venta ambulante mediante vehículos-tienda, un "verdadero servicio público" en zonas rurales sin "establecimientos comerciales permanentes suficientes" que garanticen un "adecuado abastecimiento" de bienes de primera necesidad.

En este caso cada ayuntamiento decidirá si emite un "certificado habilitante" durante el tiempo que se prolongue el estado de alarma a quienes ya ejercieran previamente esta actividad, que en todo caso estará limitada al horario comprendido entre las 8:00 y las 15:00 horas.

Durante la venta ambulante solo habrá una persona por vehículo y deberá ir provista de guantes, mascarilla y gel desinfectante.

El BOPV publica también hoy otra orden de la consejera de Salud en la que se autoriza la contratación de estudiantes de medicina y enfermería de último año, médicos y auxiliares de enfermería recién titulados y especialistas graduados fuera de la Unión Europea.

En el caso de los recién titulados y de los graduados en el extranjero la duración del contrato será de tres meses prorrogables siempre que persista la crisis sanitaria; mientras que los que los estudiantes -que estarán bajo supervisión de un profesional sanitario- tendrán contratos prorrogables de un mes.

Esta orden también regula la reincorporación voluntaria a sus puestos de los liberados sindicales para reforzar la atención sanitaria durante la pandemia de COVID-19. Estos delegados volverán a estar liberados cuando concluya la pandemia o antes si así lo deciden.