La Cámara de Comercio Internacional (ICC) ha confirmado al juez del caso de las mascarillas que los contratos presentados por los investigados, Luis Medina y Alberto Luceño, supuestamente avalados por este organismo, son falsos y además ninguno de estos dos empresarios pertenece a ICC.

El organismo internacional responde así a la petición cursada el pasado 29 de abril por el magistrado Adolfo Carretero, tras la solicitud hecha en este sentido por el Ayuntamiento de Madrid y Podemos, para que ICC informase sobre una serie de datos referidos a los contratos suscritos por ambos empresarios con la empresa malaya Leno, que fue la que les vendió el material sanitario para el Consistorio.

En concreto el juez pidió a la Cámara de Comercio Internacional que detallase si este organismo tiene establecidas pautas o recomendaciones sobre los porcentajes de las comisiones que se consideran adecuados por el desempeño de las funciones de agente o facilitador en la celebración de operaciones mercantiles.

También si ICC participó en la elaboración de los contratos que se investigan o si ha autorizado la incorporación de su membrete a los mismos, si se corresponden con los modelos de documentos avalados por el organismo o si los investigados son socios de la institución.

Ahora la Cámara remite al juzgado un informe en el que detalla que "la noticia de la operación de intermediación realizada en los primeros momentos de la pandemia entre el Ayuntamiento de Madrid y un proveedor asiático de material sanitario, por parte de los señores Medina y Luceño, se ha ilustrado con las imágenes de un supuesto contrato de la ICC con el señor San Chin Choon" que "se ha basado en un falso modelo atribuido a la Cámara de Comercio Internacional".

"Ese falso modelo, con inclusión no autorizada del antiguo logotipo de la ICC es un texto que no corresponde con ningún modelo de documentación avalado por la ICC", añade el organismo antes de explicar, como ya hizo en una nota de prensa hace semanas, que en 2005 la ICC ya detectó una ola de falsas atribuciones a este organismo mediante el uso de ese fraudulento modelo de contrato, y lo denunció públicamente.

Por eso la Cámara ideó otro modelo de contrato para intermediaciones ocasionales, "mucho más simple y claro", que no incluye "ningún criterio sobre la cuantía de la comisión que corresponde al intermediario", según el informe, que subraya que "no existe ninguna pauta internacional que cuantifique ese importe".

Así concluye, sobre los contratos presentados por los comisionistas, que "la ICC no es su autora, ni ha participado en su elaboración o redacción de sus estipulaciones, ni ha autorizado el uso de un membrete antiguo", que se dejó de usar en 2013.

Confirma que los contratos investigados "son el habitual modelo de contrato que se ha atribuido erróneamente a la ICC desde hace 17 años", y sobre los que esta entidad ya advirtió.

El informe detalla que el modelo de contrato usado "parece haberse descargado el 12 de septiembre de 2018" y "por lo visto se refiere a una operación de importación y exportación de carne congelada para o de China y otros mercados asiáticos, además de otros productos agrícolas 'or sanitary proteccion products'".

Y pone de manifiesto las incompatibilidades y contradicciones que supone ese modelo de contrato.

Por último subraya que "ninguno de los dos investigados ha sido nunca miembro de este Comité Español de la Cámara de Comercio Internacional y por ello tampoco lo han sido de la sede internacional de la ICC", lo que "es un impedimento para utilizar los modelos de contrato de la Cámara destinados la facilitación del comercio internacional en todo el mundo".

Alberto Luceño explicó ante el fiscal y ante el juez que su comisión no superó el 50 % de la venta, como estipula Cámara de Comercio de París.