- El Pleno del Tribunal Constitucional rechazó por unanimidad el recurso del expresident Artur Mas, condenado a un año y un mes de inhabilitación y a 36.000 euros de multa por desobediencia grave al Constitucional en la consulta del 9-N de 2014. Una vez cerrado el recorrido judicial en el Estado, el ex-Jefe del Govern llevará el caso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). Los magistrados respaldaron la sentencia del Tribunal Supremo que tumbó todos los argumentos de Mas, quien invocó sus derechos constitucionales a la participación y a la libertad ideológica y de expresión en busca de su absolución. Alegó que su condena vulneró hasta cinco preceptos constitucionales y que el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) erró en la valoración de algunas pruebas, no practicó una serie de diligencias solicitadas en tiempo y forma e incurrió en una serie de contradicciones, argumentos desestimados por el Supremo y también por el TC.

Artur Mas fue condenado por el TSJC a dos años de inhabilitación, la pena máxima por desobediencia, al considerar que desobedeció al Constitucional, que había declarado ilegal la consulta independentista del 9 de noviembre de 2014, que después fue reconvertida por el entonces president en un proceso participativo que sacó a la calle a votar a más de dos millones de catalanes.

No obstante, el Tribunal Supremo le rebajó a 13 meses al equipararlo con la condena del exconseller de Presidéncia y exdiputado del PDeCAT Francesc Homs, juzgado directamente por el alto tribunal como aforado por su condición de diputado nacional. Lo mismo ocurrió con la exvicepresidenta Joana Ortega, a la que el Supremo bajó de un año y nueve meses a nueve meses y a la exconsellera de Enseñanza Irene Rigau de un año y medio a seis meses. La ejecución de la sentencia de Mas comenzó el 23 de enero de 2019, por lo que su inhabilitación culminó el 23 de febrero de 2020. Desde entonces es libre de volver a la arena política.