Los expedientes de indulto que ha elevado el Ministerio de Justicia al Consejo de Ministros contemplan la extinción de las penas de prisión que les resta por cumplir a los nueve condenados por sedición y malversación en el 'procés' independentista en Catalunya y fija un periodo de seguridad de entre tres y seis años que condiciona el perdón a que no vuelvan a reincidir en el delito.

La propuesta estima de este modo nueve de las doce peticiones de indulto mientras que se rechazan las de los tres condenados por desobediencia, Meritxell Borrás, Santi Vila y Carles Mundó, quienes ya pagaron las multas que se les impusieron y extinguieron su responsabilidad penal, al finalizar las penas de inhabilitación que les fueron impuestas.

Las inhabilitaciones de cargo público que se impusieron al resto de condenados, entre ellos el exvicepresident Oriol Junqueras, no se toca en la medida de gracia aprobada por el Gobierno.

Según la citada información, los nueve expedientes aprobados recogen los antecedentes de los presos y su comportamiento durante la condena, los aspectos jurídicos y la motivación de la medida. También se da respuesta a la afirmación en la que el Tribunal Supremo señalaban que con esta decisión podría considerarse, al ser varios de los condenados miembros de un partido socio del actual Gobierno, que éste podría estar "autoindultándose" a sí mismo.

En cuanto a las motivaciones, se incide en uno de los tres aspectos contemplados en la Ley de Indulto, el de la utilidad pública, rechazando razones de justicia y equidad.

En este sentido, según las mismas fuentes, se valora escenario en Cataluña si no se concediera el perdón y se concluye que la medida de gracia supone beneficios porque ayuda a apuntalar la convivencia y la concordia, evitando además que los presos del 'procés' se presenten ante la sociedad como mártires.