- El Tribunal Supremo ha avalado el acuerdo de la Junta Electoral Central (JEC) que retiró la condición de eurodiputado al líder de ERC, Oriol Junqueras, al estar condenado en sentencia firme a 13 años de prisión por el procés. A juicio de la JEC, en el caso de Junqueras se da la causa de “inelegibilidad sobrevenida” por haber sido condenado por el Supremo el 14 de octubre de 2019 a trece años de prisión y otros tantos de inhabilitación para ejercer cargo público, lo que “determina su cese como diputado electo del Parlamento Europeo”.

Ahora, la Sala Tercera del Supremo avala esta decisión de la JEC al desestimar el recurso del líder de ERC . Asimismo rechaza que la Junta en sus acuerdos haya incurrido en infracción del ordenamiento jurídico, sino que, a instancia del PP y de Vox, aplicó las consecuencias que la sentencia firme comportaba para Junqueras como candidato electo al Parlamento Europeo, esto es, la declaración de su inelegibilidad sobrevenida a causa de la pena de prisión que cumplía.

Por otro lado, la Audiencia de Barcelona ha rechazado archivar la causa que investiga las cargas en centros de votación el 1-O, como había pedido la Fiscalía. El pasado martes rechazó investigar a los mandos de la Policía por las cargas al no ver indicios de que dieran instrucciones de actuar con más contundencia de lo habitual, pero señaló que los jefes de los antidisturbios sí podrían tener responsabilidades al haber “caso de extralimitación de fuerza y uso de violencia innecesaria”.