El Tribunal Constitucional ha aplazado por falta de tiempo el estudio de los primeros recursos contra la sentencia del "procés", de modo que será en el pleno del mes de febrero cuando debata la propuesta de un magistrado de avalar la competencia del Supremo para juzgar a los líderes independentistas.

Los magistrados del tribunal de garantías han terminado este jueves su primer pleno del año, en el que el volumen de recursos que tenían que revisar y el intenso debate generado en torno a algunos de ellos ha evitado que puedan estudiar el que presentó la exconsejera catalana de Gobernación Meritxel Borràs contra la sentencia del "procés", según informan a Efe fuentes jurídicas.

En consecuencia, la revisión de su recurso de amparo se aplaza al siguiente pleno del tribunal, en cuyo orden del día previsiblemente también figurará el que presentó el exconseller de Justicia Carles Mundó.

Ninguno fue condenado a pena de cárcel, sino a un año y ocho meses de inhabilitación y multa de 60.000 euros por un delito de desobediencia en el proceso independentista catalán de 2018, y acudieron al TC con recursos muy similares donde plantean vulneración de derechos como el de la presunción de inocencia o el juez predeterminado por la ley al considerar que deberían haber sido juzgados en Catalunya.

Ya en el siguiente pleno, previsiblemente el tribunal abordará primero el recurso de Borràs, cuyo borrador de sentencia ha recaído en el magistrado y ex fiscal general del Estado Cándido Conde Pumpido, que planteará respaldar al Supremo como órgano competente para juzgar estos hechos.

Un asunto de especial relevancia, según las fuentes, dado que, de confirmarse, sería de aplicación para el resto de condenados, que han ido recurriendo esta misma cuestión desde el inicio de la causa.

Pero además porque podría interpretarse en clave de respuesta a la Justicia belga, que recientemente avaló el rechazo a entregar a España al exconsejero catalán Lluís Puig, uno de los líderes independentistas que no fue juzgado por huir del país, al considerar que el juez del Supremo Pablo Llarena no era competente para dictar la euroorden contra él.