BILBAO. En la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJPV, hecha pública hoy, el tribunal recuerda que la discrepancia entre las dos administraciones se centraban en el número de plazas convocadas, un total de 250, ampliables en función de las vacantes de la categoría de agente de la Ertzaintza que se produjeran por cualquier causa durante el desarrollo del proceso selectivo.
El alto tribunal considera "un hecho" que no se aprobó una Oferta Pública de Empleo como establece la Ley de Presupuestos Generales del Estado, ni se respetó la tasa de reposición, y sentencia que procede aplicar los límites establecidos en relación con la contratación de nuevo personal, a los que "no se ajusta" la convocatoria.
El Gobierno central justificó la presentación del recurso por la mejora de las condiciones de seguridad en el País Vasco, por el fin de la actividad terrorista de ETA, y la reducción de los servicios de escolta y protección.