ESTRASBURGO. La condena por vulnerar el artículo 3 (prohibición de la tortura) en lo que concierne a la investigación conlleva una indemnización de 20.000 euros por daños morales y 3.500 por gastos y honorarios.
El Tribunal de Estrasburgo afirma que no tiene "elementos suficientes" para examinar los supuestos malos tratos que el demandante aseguró haber sufrido durante su arresto en Iruñea la noche del 17 al 18 de enero de 2011 y la detención incomunicada en la Dirección General de la Guardia Civil, en Madrid.
La Corte europea dice que "si existen motivos razonables para creer que hubo malos tratos, incumbe a las autoridades competentes del Estado iniciar una investigación imparcial de oficio y sin demora".
En su demanda, Beortegi aseguró que, durante el trayecto de Iruñea a Madrid, fue golpeado en la cabeza, testículos y costillas por los cuatro agentes que le acompañaban.
Ya en Madrid, dijo haber sufrido "sesiones de asfixia, tocamientos, amenazas de ponerle electrodos en el cuerpo y de introducir un palo por el ano".
La Audiencia Nacional y el Tribunal Constitucional rechazaron sus recursos, mientras que la Audiencia Provincial de Navarra dijo que la gravedad de los presuntos delitos "merecía una investigación profunda".
Como indican los informes del Comité para la Prevención de la Tortura y del comisario de Derechos Humanos, el TEDH dice en el fallo que las autoridades "deben establecer un código de conducta claro sobre el procedimiento a seguir en los interrogatorios".
España ya fue condenada por hechos similares en los casos de Jon Patxi Arratibel Garciandia (2015), Beatriz Etxeberria Caballero y Oihan Unai Ataun Rojo (2014), Martxelo Otamendi Egiguren (2012), Aritz Beristain Ukar (2011) y Mikel San Argimiro Isasa (2010).