TOLEDO/VALLADOLID. En un auto, fechado este mismo miércoles, la Sala acuerda declarar extinguida la pena de prisión impuesta por sentencia de 3 de febrero de 1998 y la del Tribunal Supremo de 5 de marzo de 1999, atendiendo al acuerdo de la Sala del Supremo tras la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre aplicación de la doctrina Parot.

Emilio Muñoz fue condenado a la pena de 42 años y 18 meses de prisión por un delito de asesinato y otro de detención ilegal. La liquidación de la condena se practicó el 26 de abril de 1999 fijando la extinción de la pena el 21 de septiembre de 2025.

Por auto de julio de este año se aplicó al penado la doctrina Parot, por lo que Emilio Muñoz Guadix no extinguiría su condena hasta agosto de 2022 pero ahora, al darse las condiciones para que esa doctrina no deba aplicarse, la Sala indica que la pena de prisión impuesta debe declararse ya extinguida.

La Audiencia de Toledo juzgó el caso de Anabel Segura tras hallarse el cuerpo entre los escombros de una antigua fábrica de cerámica de Numancia de la Sagra (Toledo) dos años después de que la joven madrileña hubiese desaparecido.

En este caso, se acusó a Emilio Muñoz Guadix y a Cándido Ortiz, aunque el segundo murió en 2009 mientras cumplía condena.

EL ASESINO DE LA NIÑA OLGA SANGRADOR

El asesino de la niña Olga Sangrador, de 9 años, Juan Manuel Valentín Tejero, que fue condenado a cincuenta años de cárcel por la muerte, rapto y violación de la pequeña en 1992, quedará en libertad en las próximas horas, según ha decidido la Audiencia Provincial de Valladolid.

Antes de que el Tribunal de Estrasburgo anulara la denominada "doctrina Parot", el Tribunal Supremo confirmó el pasado marzo la decisión de la Audiencia de Valladolid de mantener en prisión hasta 2025 a Valentín Tejero, al aplicar esta doctrina.

Estableció también que los beneficios penitenciarios no se descontaran del límite máximo de cumplimento efectivo, 30 años de cárcel, sino del total de las penas impuestas.