Bruselas. El Tribunal General de la Unión Europea (UE) anuló ayer parte de las sanciones impuestas por Bruselas a varias personas y entidades iraníes supuestamente relacionadas con las actividades nucleares del país como medida de presión contra Teherán.
La sentencia dictada ayer por la Corte con sede en Luxemburgo levanta las medidas restrictivas dictadas contra varios bancos y empresas persas y el director de una entidad iraní, pero mantiene la congelación de fondos que pesa sobre otras dos entidades financieras, según un comunicado del Tribunal. "En lo que respecta a Post Bank Iran, Iran Insurance Company y Export Development Bank of Iran, el Tribunal General declara que el Consejo (de la UE) no ha probado los hechos que imputa a estas tres sociedades y que, por tanto, no puede declarar válidamente que han prestado apoyo a la proliferación nuclear", indicó el Tribunal. "En consecuencia, se anulan los actos del Consejo que imponen una congelación de fondos contra estas sociedades", añadió.
El Tribunal General decidió anular también las medidas contra Naser Bateni, Persia International Bank y la Iranian Offshore Engineering & Construction, al considerar que el Consejo incurrió en un error de apreciación "en la medida en que los hechos y pruebas invocados por éste no justifican por sí mismos la adopción o el mantenimiento de las medidas restrictivas".
Además, la Corte europea también anuló las restricciones que el Consejo impuso sobre el Bank Refah Kargaran, al considerar que los Estados miembros infringieron la obligación de motivación y la obligación de comunicarle los cargos que se le imputan.
En cambio, el Tribunal General de la UE mantuvo la inclusión de Bank Melli Iran y Europäisch-Iranische Handelsbank en la lista de las congelaciones de fondos.