Tráfico está a punto de terminar su reforma del código de circulación. Un nuevo reglamento cuyo mayor cambio, según expresó en el Congreso la directora general de tráfico, María Seguí, es apostar por el uso de la bicicleta como medio de transporte. Tanto es así que se incluye, por primera vez, un capítulo entero destinado a regular este vehículo. Entre otras cosas se instaura el uso del casco de forma obligatoria y se reducirá la velocidad de los coches en algunas zonas urbanas para que la convivencia de bicicletas, vehículos a motor y peatones sea más fácil.

Y es que la velocidad es otro de los asuntos que se modifican en el nuevo reglamento. Bajará el límite en las vías interurbanas y se permitirá ir a 130 kilómetros por hora en algunas vías específicas que sean seguras. Son algunos de los cambios que introduce esta nueva normativa que se comenzará a tramitarse de forma inmediata y que podría estar en vigor después del verano.

Velocidad

Autopistas a 130 km/h

La velocidad es uno de los factores más importantes de siniestralidad y en este nuevo reglamento se opta por velocidades variables tanto dentro de las ciudades como en vías interurbanas.

En las carreteras fuera de ciudad, el reglamento opta por reducir varias limitaciones y ampliar otras. En autovías y autopistas se mantiene el límite general de 120 km/h. Eso sí, en aquellas zonas donde haya gran seguridad y cuando las condiciones lo permitan se podrá ir a 130 km/h. Un límite variable que se regulará a través de los paneles luminosos que ya hay en estas carretera. Cuando se produzca un accidente con víctima mortal en esa vía, ésta pasará a tener siempre el límite de 120 km/h.

En cuanto a las carreteras secundarias, la norma reducirá la velocidad máxima de 100 a 90 kilómetros por hora. Además ya no importará el ancho del arcén sino que se tomará de referencia el ancho de la calzada. Si éste es inferior a 6,5 kilómetros y no hay línea de separación entre carriles el límite máximo será sólo de 50 kilómetros por hora.

Por otro lado, el reglamento fomenta dos nuevos límites de velocidad dentro del casco urbano. Uno de ellos ya está presente en varias ciudades y se trata de limitar la velocidad a 30 km/h en los puntos donde, por motivos de la calzada o por la gran presencia de peatones, haya más peligrosidad. La principal novedad sin embargo está en la implantación de zonas limitadas a 20 km/h, un espacio donde convivirán tanto los vehículos a motor como los peatones y las bicicletas. El modelo está presente de forma similar en varias ciudades pero ahora se regula y pasa a denominarse zonas de plataforma única.

Bicicletas

Fomento y uso del casco

Uno de los principales cambios del código busca fomentar el uso de las bicicletas. Para ello, tráfico ha creado un capítulo entero destinado a regular estos vehículos, algo que no existía hasta ahora. Lo que no se ha modificado es el hecho de que los ciclistas deberán seguir circulando por el carril derecho. Sin embargo, se permite una cierta flexibilidad al señalar que se podrán usar otros carriles cuando lo precisen los ciclistas. Además, pasarán a tener prioridad de paso sobre los vehículos a motor en los pasos de peatones y se permite el uso de remolques o semirremolques para el transporte de personas o de carga siempre que sea dentro de ciudad.

Pero la parte más polémica de estos cambios reside en la obligatoriedad del uso del casco siempre que se monte en bicicleta. También se exige que el ciclista lleve dispositivos de alumbrado y prendas reflectantes homologadas.

Las asociaciones de ciclistas se han mostrado en contra de la obligatoriedad del casco porque aseguran que no es una medida suficiente para salvar vidas. Es más, según la Coordinadora Catalana de Usuarios de la Bicicleta (CCUB), este sistema más que una ayuda es un impedimento porque disminuye la capacidad auditiva de los ciclistas.

Zona de espera adelantada

Bicis y motos, en primera línea

La norma también incluye una práctica que realizan tanto ciclistas como motoristas de forma habitual. A partir de la puesta en marcha del nuevo código, estos conductores podrán adelantarse al resto de vehículos cuando estén detenidos por una señal como un semáforo o un stop hasta situarse en la línea de detención. Su avance deberá hacerse circulando con precaución entre los vehículos detenidos y cuando existan marcas de zona adelantada podrán aproximarse a ellas en las mismas condiciones descritas anteriormente.

Cinturón de seguridad

Se eliminan las excepciones

El nuevo código sigue apostando por el cinturón de seguridad e incluso aumenta su obligatoriedad. Para ello se eliminan las excepciones que existían antes en algunos supuestos como los repartidores o los profesores de autoescuela. Ahora todos los ocupantes de un vehículo deben llevar puesto el cinturón y sólo se permite estar sin él al conductor cuando vaya a aparcar el vehículo o a dar marcha atrás.

Alcohol y drogas

Nuevas pruebas

La nueva directiva no introduce modificaciones en torno a la tasa máxima de alcohol permitido que, si se mide por aire aspirado, continúa siendo de 0,15 mg/l en los conductores noveles y profesionales y 0,25 mg/l en el resto.

Sí que hay cambios en cuando a la normativa que afecta al uso de drogas ya que se ha determinado la saliva como prueba biológica válida para la detección de su consumo. Por este motivo se establecen los protocolos para la realización de los controles preventivos.

Menores

Las sillitas irán de espaldas

Todos los menores de edad con una estatura igual o inferior a 1,35 metros deberán viajar en los asientos traseros obligatoriamente. Los niños menores de cuatro años deberán seguir viajando en sillas con sistemas de retenciones especiales de los grupo 0 (portabebés, de cero a 10 kilos), 0+ (sillita, de cero a 13 kilos) y 1 (sillita, de 9 a 18 kilos).

El cambio viene en la posición de la sillita ya que, a partir de ahora y siempre que lo permita el asiento, deberán colocarse en el sentido contrario a la marcha ya que el riesgo de lesión se reduce así en un 75%.

Detectores de radar

La DGT guarda su privacidad

Hasta ahora sólo estaban prohibidos los inhibidores de radares pero, a partir de la puesta en marcha de esta reforma, quedarán prohibidos todo tipo de los dispositivos que alerten de los radares móviles. Sí estarán permitidos los sistemas de GPS que indiquen el lugar donde se sitúan los radares fijos, una información que ya es pública y se puede consultar en la página web de la DGT.

Autocaravanas

Homogeneización europea

Por primera vez las autocaravanas pasarán a regularse por medio de este reglamento de la DGT en vez de depender de los distintos ayuntamientos como ocurría hasta ahora. A partir de este momento se intentará que su normativa se iguale al resto de países europeos, lo que supone que el aparcamiento será libre dentro de las ciudades y sólo se limitará por razón de masas y dimensiones que afecten a todos los vehículos.

Sí se prohiben los vehículos de este tipo que queden estacionados para fines comerciales y se establecen varios límites. Entre ellos, las autocaravanas no podrán exceder su perímetro, verter fluidos ni conectarse a suministros.

En cuanto a su límite de velocidad, dejarán de regularse de forma especial y pasarán a poder circular a la misma velocidad que el resto de vehículos. Su única limitación será en función de la masa autorizada.

Peatones

Libre circulación

El principal cambio para los peatones es que ya no tendrán la connotación de vehículo que le daba el anterior código. Ahora podrán circular por donde quieran (derecha o izquierda) y sólo estarán obligados a dejar libres los pasos de cebra para permitir cruzar de acera y facilitar la entrada a los conductores que vayan a montarse su coche.

En cuanto a la prioridad que actualmente posee el peatón sobre los vehículos se mantiene tanto en los pasos de cebra como en las nuevas zonas de plataforma única donde la velocidad máxima de los vehículos será de 20 km/h.