PAMPLONA. El pasado 26 de mayo, el jurado popular declaró al procesado, S.F.R.S., culpable del asesinato del joven guipuzcoano Asier Lavandera. El jurado consideró probado, con ocho votos a favor, que el acusado dio muerte a Asier Lavandera al haberle asestado tres navajazos, en un primer momento, sin que pudiera apercibirse la víctima, y en un segundo momento otros dos navajazos, aprovechándose de que había caído al suelo y que se encontraba indefenso.
Asimismo, percibió ensañamiento, al dar por probado, con mayoría de siete votos, que el acusado aumentó innecesariamente el sufrimiento de la víctima.
Los miembros del jurado se decantaron por el delito de mayor gravedad y rechazaron las otras dos opciones contempladas también en este caso: el homicidio y el asesinato sin agravantes.
El Ministerio Público calificó en sus conclusiones definitivas como un asesinato el crimen del joven donostiarra Asier Lavandera y elevó a 18 años la petición de cárcel para el único encausado en este proceso, Sergio Fernando R.S.
La fiscal, que pedía inicialmente 14 años y seis meses de prisión, cambió su calificación de homicidio a asesinato, porque consideraba que en los hechos concurría el agravante de alevosía y que el acuchillamiento de la víctima se produjo de forma sorpresiva y traicionera.
No aceptó, sin embargo, el agravante de ensañamiento, como pedía la acusación particular, que solicitó 25 años de cárcel para el acusado por el delito de asesinato.
El abogado defensor, por su parte, se mantuvo en sus peticiones iniciales de dos años y medio de cárcel por homicidio, al entender que no existió alevosía, ni provocación previa y que le habían dado un puñetazo al acusado.