BRUSELAS. Los ministros europeos de Industria, reunidos hoy en Bruselas, aprobaron como punto sin debate un texto de compromiso pactado con el Parlamento Europeo, el cual por su parte ya lo había adoptado en segunda lectura.
Los países de la UE deberán trasponer esta nueva normativa a su Derecho nacional en un máximo de dos años a partir de su publicación en el Diario Oficial comunitario.
La directiva pretende acabar con la impunidad actual en el ámbito de las infracciones de tráfico, aunque es sólo un primer paso, puesto que no se podrá embargar la cuenta del infractor para cobrar la sanción.
Actualmente no hay un mecanismo capaz de sancionar a un ciudadano europeo al que multan en otro país, ya que si no se le sanciona por ello en el momento y se cobra la sanción, hay muy pocas posibilidades de poderlo hacer luego, cuando llega a su país.
Con esta normativa, si un conductor es "cazado" por un radar a más velocidad que la autorizada, el país de residencia del infractor tiene la obligación de informar al socio comunitario donde se ha cometido la infracción de los datos de esa persona, a fin de hacerle llegar la penalizción.
A partir de ahí, entrarían en marcha los acuerdos entre estados miembros para cobrar sanciones de este tipo, pero en cualquier caso el infractor siempre sería identificado.
Como cada uno de los 27 estados que forma la UE tiene sus propias normas de tráfico, ha habido que pactar las sanciones que serán "perseguibles" en toda la UE, que serán ocho.
En concreto, conducir con exceso de velocidad, superando el límite de alcohol, no llevar el cinturón, saltarse un semáforo en rojo, conducir bajo los efectos de las drogas, sin casco, usando el móvil y circular por un carril prohibido.
El Reino Unido, Irlanda y Dinamarca, debido a su posición especial bajo el Tratado de Lisboa por lo que se refiere a la política de cooperación, no participan de estas medidas, aunque pueden decidir unirse a ellas posteriormente.