Madrid. El Gobierno aprobó ayer un Real Decreto Ley de medidas complementarias que permite la venta de tabaco en todas las tiendas de conveniencia que reúnan determinados requisitos y no sólo en las estaciones de servicio como hasta ahora permitía la norma, con el objetivo de evitar discriminación.
El Real Decreto Ley autoriza la venta de tabaco a las tiendas de conveniencia, siempre a través de máquinas expendedoras, como actualmente se vende en locales de ocio y quioscos en la vía pública.
Así, no se venderá tabaco de forma directa, ya que los únicos establecimientos autorizados para ello son los estancos. Hasta ahora, por ley, sólo podían vender tabaco las tiendas de conveniencia ubicadas en las gasolineras, por lo que el cambio amplía la autorización a todas las tiendas de conveniencia, independientemente de su ubicación.
Las tiendas de conveniencia son aquellas que cuentan con una superficie útil para la exposición y venta al público no superior a 500 metros cuadrados, abren, al menos, 18 horas al día y distribuyen su oferta, en forma similar, entre libros, periódicos y revistas, artículos de alimentación, discos, vídeos, juguetes, regalos y artículos varios. Es imprescindible que, para poder vender tabaco, este tipo de tiendas cumplan este "mix" de oferta.
El presidente de la Unión de Estanqueros, Mario Espejo, aseguró ayer que la nueva normativa será un duro golpe para el sector porque "puede facilitar muchísimo los tráficos ilícitos de tabaco". La Confederación Española de Comercio (CEC) alertó de que puede producirse un desplazamiento del consumo que suponga "que comerciantes de las labores del tabaco se vean en la calle".
Por su parte, el Corte Inglés anunció ayer que empezará a vender tabaco en sus 187 Opencor, su cadena de tiendas de conveniencia, en cuanto sea posible.