madrid. La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha rechazado la responsabilidad patrimonial del Estado por la intervención de Fórum Filatélico y Afinsa, con lo que no indemnizará a los más de 450.000 clientes por un agujero conjunto que suma más de 4.600 millones de euros.
El tribunal cree que no se puede imputar al Estado una falta de supervisión ni de regulación, ya que la inversión en sellos con garantía de rentabilidad era una actividad mercantil contemplada en la ley que escapaba al control de las autoridades financieras, lo contrario que sostuvo la Agencia Tributaria y que se mantiene en la vía concursal, donde se han empezado a liquidar ambas empresas. Las 25 sentencias notificadas ayer y adoptadas por unanimidad, resuelven los primeros recursos de 570 que afectan a más de 200.000 personas y que anticipan la decisión sobre todos ellos y que acaba con las esperanzas para el resto de inversores de Fórum y Afinsa.
Los perjudicados reclamaban la responsabilidad patrimonial del Estado tanto por la actuación de los Ministerios de Economía y Sanidad y Consumo, como por la del Banco de España, CNMV, Agencia Tributaria y Ministerio Fiscal. La Sala entiende que, incluso en el caso de que ambas empresas hubieran realizado operaciones financieras, se trataría de un "negocio simulado, de naturaleza mercantil, pactado con el fin de defraudar la normativa vigente", que prohíbe ejercer actividades reservadas a las entidades de crédito sin autorización. En este sentido, critica a los inversores al afirmar que su denuncia de que el Estado no ejerció las facultades de control "resultaría excesiva y no razonable (...) por la colaboración necesaria de los propios perjudicados en la operación de simulación que subyacía en los contratos".
reproche a los recurrentes Así, afirma que "una de las partes que ha intervenido en la operación de simulación trataría de hacer valer la situación jurídica disimulada e ilegal, frente a un tercero -la Administración Pública- para reprocharle, precisamente, que no ejerció las facultades que legalmente le correspondían para impedir una actividad en la que ella misma ha sido directa partícipe". En suma, defienden que las competencias de supervisión y control del Banco de España y el Ministerio de Economía sólo entrarían en juego si se entendiera que Fórum y Afinsa realizaban, en realidad, auténticas operaciones financieras autorizadas.
Respecto a la responsabilidad del Ministerio de Sanidad y Consumo, afirman que la Ley de Instituciones de Inversión Colectiva de 2003 "no le otorgaba facultades de inspección o control" sobre estas empresas a dicho departamento, que tampoco tenía obligación de desarrollar la disposición adicional de la ley sobre este tipo de actividad.
La Audiencia Nacional concluye que "no puede exigirse a la Administración en el ejercicio de sus facultades de supervisión e inspección una garantía absoluta del adecuado funcionamiento del sistema", e insiste en que el Estado no tiene obligación de asegurar la solvencia de empresas que actúan conforme a una actividad regulada.